- Con la Resolución N° 185-2008-SUNARP, se crea la Alerta Registral. Esta herramienta tiene como fin alertar al titular registral, de la existencia de títulos que se presenten ante el registro y que busquen inscribirse en la partida registral de su bien inmueble.
- La afiliación a este servicio es totalmente gratuita a través de la plataforma virtual de Sunarp, siendo necesario únicamente los datos del titular y la partida registral del bien inmueble.
- Aunque su adopción no elimina del todo la posibilidad de ser víctimas de fraude, sí le permite al titular del derecho demostrar diligencia ante un eventual escenario litigioso. En ese sentido el Tribunal Constitucional a través de la sentencia Expediente N° 0018-2015- Acción de Inconstitucionalidad: “35. (…) [L]a seguridad jurídica resulta insuficiente si es que el propietario no mantiene una conducta diligente en relación al registro. Al respecto, es de conocimiento de este Tribunal que la Sunarp ofrece mecanismos gratuitos para proteger la propiedad, tales como el servicio de alerta registral, el cual comprende a su vez: i) la alerta de inscripción y ii) la alerta de publicidad”.
Recomendación Iuris: Procura el uso de este y otros mecanismos legales que ofrece el registro para la protección de tus bienes.